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LA PROTECCIÓN DE LAS ZONAS FORESTALES FRENTE A LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA |
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| Por: Dra. Francisca Ramón Fernández |
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Sumario:
I. INTRODUCCIÓN.
II. LAS ZONAS FORESTALES EN EL DECRETO 67/2006, DE 19 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.
III. LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTEMPLADAS EN EL DECRETO 36/2007, DE 13 DE ABRIL, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 67/2006, DE 19 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA. |
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I. INTRODUCCIÓN |
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La ordenación del territorio de la Comunidad Valenciana tiene un marco normativo reciente con la publicación de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje; la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable; y la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. En las disposiciones finales de estas normas se facultaba al Consell para que dictara las disposiciones oportunas para un mejor desarrollo y aplicación de ellas, para aportar seguridad jurídica a los ciudadanos.
La reciente publicación del Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, unifica en una sola norma el desarrollo normativo completo de las anteriores normas y, por lo que a nosotros nos interesa y va a ser objeto de nuestro estudio, contempla una serie de medidas para proteger las zonas forestales cuando se va a producir una actividad urbanística –en concreto construcciones de urbanizaciones- cerca de las mismas.
Vamos a analizar en este trabajo las distintas medidas que se contempla en la reciente normativa, teniendo en cuenta la legislación forestal aplicable a la materia, cuando se trata de la protección de nuestro hábitat, incidiendo en las zonas forestales y en la prevención de los incendios. Estas medidas se incluirán en los planeamientos municipales, destacando la inclusión de una franja de protección, así como las instalaciones de tomas exteriores en el caso de la red de abastecimiento de agua, entre otras, como veremos.
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